ORDEN MINISTERIO SANIDAD

PERMISO REALIZACIÓN ACTIVIDADES

Y DESPLAZAMIENTOS A HUERTOS

 

 

A fecha de 1 de mayo de 2020

se han publicado en el B.O.E. nº 121

dos Ordenes

del Ministerio de Sanidad

concernientes a las actividades

que se permiten realizar

en la situación de estado de alarma

a causa de la crisis sanitaria

causada por el COVID-19.

 

Orden SND/380/2020, de 30 de abril,

sobre las condiciones en las que se puede realizar

actividad física no profesional

al aire libre

durante la situación de crisis sanitaria

ocasionada por el COVID-19

 

Si bien Roa es un municipio de menos de 5000 habitantes

y no se está sujeto a las franjas horarias,

si debemos de seguir unas pautas para evitar el contagio.

 

1. Durante la práctica de las actividades físicas autorizadas

por esta orden deberá mantenerse

una distancia interpersonal con terceros

de al menos dos metros.

 

2. Se deben evitar los espacios concurridos,

así como aquellos lugares

donde puedan existir aglomeraciones.

 

3. En la medida de lo posible,

la actividad física permitida

por esta orden

debe realizarse de manera continuada

evitando paradas innecesarias

en las vías o espacios de uso público.

Cuando en atención

a las condiciones físicas

de la persona que está realizando la actividad

sea necesario hacer una parada

en las vías o espacios de uso público,

la misma se llevará a cabo

por el tiempo estrictamente necesario.

 

4. Deberá cumplirse con las medidas

de prevención e higiene

frente al COVID-19

indicadas por las autoridades sanitarias.

 

5. Para posibilitar que se mantenga

la distancia de seguridad

las entidades locales facilitarán

el reparto del espacio público

a favor de los que caminan

y de los que van en bicicleta,

en ese orden de prioridad. 

 

 

Orden SND/381/2020, de 30 de abril,

por la que se permite la realización

de actividades no profesionales

de cuidado y recolección de producciones agrícolas.

 

 

1. El desplazamiento para el cuidado y recolección

de los huertos queda autorizado,

siempre que se hallen en el mismo término municipal

al del domicilio, o en uno adyacente al mismo.

 

 2. No obstante lo señalado en el segundo párrafo del apartado anterior,

el requisito de proximidad

podrá exceptuarse en situación de necesidad,

, considerándose por tal:

a) El cuidado y alimentación de animales.

b) El cuidado o recolección de huertos de autoconsumo,

en aquellos casos en los que,

en atención a la situación socioeconómica del interesado,

el consumo del producto de los mismos

resulte imprescindible para atender a su subsistencia,

lo que se podrá acreditar por el titular

por cualquiera de los medios admitidos en Derecho.

 

 3. En todo caso, todos los desplazamientos

contemplados en esta orden

se realizarán con observancia de las normas dictadas

por las autoridades competentes

para garantizar la protección de la salud

y la seguridad de los ciudadanos.

 

4. Dichos desplazamientos han de ser los mínimos posibles p

ara la realización de las tareas indispensables

y el acopio de lo necesario,

salvo causa debidamente justificada.

 

5. El desarrollo de los trabajos

a los que se refiere esta orden

se realizará de forma individual,

salvo que se acompañe a personas con discapacidad,

menores, mayores,

o por otra causa justificada,

y por el tiempo indispensable.

 

"El precio de la grandeza

es la responsabilidad"

Winston S. Churchill

SUSPENSIÓN

DEL SERVICIO DE

ATENCIÓN PERSONAL

EN LA DECLARACIÓN

DE LA RENTA 2020.

 

La situación de emergencia de salud pública

ocasionada por el COVID-19

ha obligado a la adopción de

medidas extraordinarias, 

como son la declaración del estado de alarma

y el confinamiento obligatorio.

 

Con motivo de las circunstancias excepcionales

que estamos viviendo

se debe sustituir la atención personal 

por la atención telefónica y telemática

a través del portal tributario 

en la página web de la 

Junta de Castilla y León

https://tributos.jcyl.es/web/jcyl/Tributos/es

 

Informamos que 

los ciudadanos de Castilla y León

podrán beneficiarse de

la posibilidad de confeccionar

la declaración de la renta

via telefónica,

a través del "Plan Le Llamamos".

 

Este servicio es prestado directamente 

por la Agencia Estatal de Administración Tributaria,

en contacto con los obligados tributarios

telefónicamente

para realizar su declaración.

 

Para ello se puede

concertar cita

desde el 5 de mayo

al 29 de junio de 2020

por las siguientes vías.

 

Internet: App "Agencia Tributaria"

Teléfono: 901 12 12 24

o 91 535 73 26

Teléfono de cita previa

-atención personal-

901 22 33 44 

ó 91 553 00 71

(L a V de 9 a 19 h).

 

Con el ánimo de superar

lo antes posible

esta situación.

 

 

 

 

DÍA DEL LIBRO

23 ABRIL 2020

CONCURSO DE MICRORRELATOS

 

Con motivo de la conmemoración del Día del Libro,

os queremos invitar a participar

en el concurso de microrrelatos

"Roa de Duero 2020"

cuyas bases son las siguientes:

 

1- Temática libre.

 

2- Categorías:

- Infantil: entre los 8 y los 12 años,

ambos inclusive.

- Juvenil: entre 13 y 17 años,

ambos inclusive.

- Adultos: a partir de 18 años.

 

3- Extensión de los relatos:

máximo 200 palabras.

(sin contar título, autor, edad y categoría).

 

4- La recepción de los relatos se hará vía email:

diadellibro@gmail.com

Fecha límite: hasta el 10 de Mayo.

 

5- Los textos serán firmados por el autor

seguido de fecha de nacimiento, edad y categoría.

En el email hay que indicar título, autor, edad y categoría,

así como indicar número de teléfono de contacto.

 

6- Las narraciones serán inéditas

y no premiadas en otros concursos.

 

7- Se tendrán en cuenta las faltas de ortografía, 

tanto de palabras como de tildes

y la correcta sintaxis.

 

8- El jurado, formado al efecto,

calificará los trabajos conforme a sus categorías.

 

9- El fallo de dicho jurado será inapelable.

 

10- Los ganadores seran avisados 

vía telefónica o 

por correo electrónico.

 

11- El Jurado podrá declarar desierto alguno de los premiso

si no hay suficiente participación

en alguna de las categorías.

 

12- Se establecen los siguientes premios y categorías:

Infantil: 1º 40€; 2º 25€; 3º 15€.

Juvenil: 1º 50€; 2º 35€; 3º 25€.

Adultos: 1º 65€; 2º 50€; 3º 35€.

El dinero de los premios se dará

en forma de vales

para canjear en cualquier comercio de Roa.

Todos los premiados 

recibirán un diploma acreditativo.

 

13- El fallo del jurado se publicará a través 

de la página oficial del Ayuntamiento de Roa, 

así como a través de sus redes sociales.

 

14- El Ayuntamiento se reserva el derecho

de difundir los microrrelatos 

que estime oportunos en sus publicaciones.

En ellos figurará siempre el autor.

 

15- La participación en el concurso supone 

la aceptacion de estas bases.

 

16- Los datos personales de los participantes,

serán tratados con toda la rigurosidad 

que exige la Ley 15/1999, de 13 de diciembre,

de Protección de Datos de Carácter Personal.

 

"El que lee mucho y anda mucho,

ve mucho y sabe mucho"

Miguel de Cervantes

REPARTO

DOMICILIARIO

DE MASCARILLAS

 

El Ayuntamiento de Roa

con la colaboración 

de distintos grupos de voluntarios

procederá hoy día 21 de abril

a las 20:00h. 

al reparto de mascarillas sanitarias

por todos los domicilios particulares 

de nuestra localidad de Roa

como medida de prevención

ante el COVID-19.

 

Desde el Ayuntamiento

queremos mostrar todo nuestro agradecimiento

por la inestimable y desinteresada

ayuda de todos los voluntarios.

¡¡¡Muchísimas Gracias!!!

 

BANDO MUNICIPAL

 

Don David Colinas Maté,

Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Roa,

en ejercicio de las competencias que me atribuye

el artículo 21.1.e) de la Ley 7/1985, de 2 de abril,

Reguladora de las Bases de Régimen Local,

 

HAGO SABER:

Que en consideración de la situación actual creada por el Covid-19,

para evitar su transmisión, se ha considerado conveniente,

con carácter preventivo,

siguiendo las recomendaciones de las autoridades y,

a consecuencia de la prórroga del estado de alarma

mediante el Real Decreto 487/2020, de 10 de abril,

por el que se prorroga el estado de alarma

declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo,

por el que se declara el estado de alarma

para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19

(publicado en el Boletín Oficial del Estado número 101, de fecha 11 de abril de 2020),

adoptar las medidas siguientes: 

 

PRIMERO. Prorrogar el cierre al público de todos los edificios

e instalaciones municipales

(Casa Consistorial, polideportivo municipal “Los Nogales” y

resto de instalaciones deportivas,

escuela infantil municipal “La Ardilla”,

centro cívico “Villa de Roa”, centro juvenil,

biblioteca municipal, archivo municipal, cementerio municipal,

los parques infantiles para menores y

el parque con instalaciones de biosaludables),

hasta el día 26 de abril de 2020.  

 

- A consecuencia del cierre al público de la Casa Consistorial:

 La atención al público se hará por vía telefónica

en los números de teléfono 947540024 y 947540161

o por correo electrónico: roadeduero@diputaciondeburgos.net

 La documentación que deba ser presentada en el

Registro de Entrada del Ayuntamiento,

se presentará por la Sede Electrónica

(https://roadeduero.sedelectronica.es)

EXCEPCIONALMENTE, por correo electrónico

(roadeduero@diputaciondeburgos.net,

peticiones de documentos como certificaciones

o información de trámites). 

 

SEGUNDO. Limitación de la libertad de circulación de las personas:

Durante la vigencia del estado de alarma

se limita la circulación de las personas,

que únicamente podrán circular por las vías de uso público

para la realización de las actividades establecidas

en el artículo 7 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo. 

 

TERCERO. Suspensión de plazos administrativos:

Se suspenden términos y se interrumpen los plazos

para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público.

Los plazos de prescripción y caducidad de cualesquiera acciones y derechos

quedarán suspendidos durante el plazo de vigencia del estado de alarma

y, en su caso, de las prórrogas que se adoptaren.

El cómputo de los plazos se reanudará en el momento

en que pierda vigencia el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo

o, en su caso, las prórrogas del mismo. 

 

CUARTO. Prorrogar la suspensión de la eficacia de las siguientes:

- Autorizaciones de uso de locales y espacios municipales por asociaciones

o grupos locales para la celebración de actividades culturales,

deportivas, recreativas, sociales, etc.

- Autorizaciones otorgadas para la celebración de actos

que supongan concentración de grupos numerosos de personas,

así como, el otorgamiento de nuevas autorizaciones para dichas actividades.

- Autorizaciones de la instalación de terrazas

y veladores a todos los bares

y restaurantes de la localidad de Roa.

 

QUINTO. Prorrogar la suspensión de todas

las actividades culturales y deportivas

organizadas por el Ayuntamiento de Roa,

así como, de las reuniones que estuvieran previstas.

 

SEXTO. Continuar con la suspensión de la sesión del Pleno ordinario,

correspondiente al mes de marzo de 2020.

La nueva fecha se anunciará en el Decreto de convocatoria al efecto y,

se realizará siguiendo las indicaciones de las administraciones competentes.

 

SÉPTIMO. Suspensión de la celebración del mercado semanal

de los martes (martes 14 y 21 de abril de 2020).

 

La vigencia de todas estas medidas será hasta las 00:00 horas

del día 26 de abril de 2020;

esta fecha se prorrogará,

en el caso de que el Gobierno de España adoptara

la continuación de las mismas u otras de carácter distinto.

La decisión municipal ha sido adoptada con el fin de contener

la posible propagación del coronavirus en el municipio,

siendo conscientes de los inconvenientes que para los vecinos supone. 

 

El teléfono de información y consultas

sobre el “Coronavirus” es el: 900222000.

 

Agradecemos de antemano la comprensión

de todos los habitantes del municipio de Roa y,

recordamos la conveniencia de seguir las indicaciones de Salud Pública

y otras administraciones competentes.

 

Desde el Ayuntamiento de Roa,

se irán informando en todo momento,

sobre todo cuando pueda interesar a los vecinos

en relación con el alcance de las medidas adoptadas

y las posibles modificaciones de éstas.

 

Se insiste en que todas estas medidas

son de carácter preventivo

y en la importancia de mantener en todo momento la calma,

actuando con mesura en nuestras rutinas y hábitos.

 

En Roa, a 11 de abril de 2020.

El Alcalde,

 D. David Colinas Maté. 

SEMANA SANTA

ROA DE DUERO

2020

 

La situación excepcional que acontence

a causa del estado de Alarma

motivado por la pandemia del Covid-19

nos obliga a todos 

a recluirnos en casa.

No por ello nos imposibilita 

seguir con nuestra tradiciones

propias de Semana Santa.

 

Os invitamos a que tras 

el aplauso de las 20:00h.

todos juntos 

cantemos "Los Sayones"

el Jueves Santo y

el Viernes Santo.

 

También queremos crear un espacio virtual

a través del cual nos mandéis 

fotografías de Semana Santa

al correo semanasantaroa@gmail.com

indicando AUTOR y DESCRIPCIÓN

para realizar entre todos

varias exposiciones por redes sociales.

 

+ Exposición gastronómica:

limonada, torrijas, bacalao a la taberna...

 

+ Exposición de las procesiones de Roa.

 

¡¡¡Seguro que el próximo año

disfrutaremos

de la Semana Santa 

con el doble de ganas!!!!

SUSPENSIÓN E

INTERRUPCIÓN 

DE PLAZOS EN TODOS LOS

PROCEDIMIENTOS.

 

Durante el período de vigencia el estado de Alarma, 

ESTÁN SUSPENDIDOS LOS TÉRMINOS

E INTERRUMPIDOS LOS PLAZOS

DE LA TRAMITACIÓN DE TODOS LOS PROCEDIMIENTOS

DEL AYUNTAMIENTO DE ROA ,

de oficio o a instancia de parte,

 que se encontraban abiertos en el momento

de la declaración del estado de alarma,

reanudándose una vez pierda vigencia,

con sus prórrogas,

dicha declaración.

INSTRUCCIONES

SOBRE EL MANEJO DE

RESIDUOS DOMICILIARIOS

EN HOGARES AFECTADOS

POR EL COVID-19

 

Mediante Orden SND/271/2020,

de 19 de marzo, publicada en el BOE

del domingo 22 de marzo,

el Ministerio de Sanidad estableció

las instrucciones sobre la gestión

de los residuos domiciliarios

en las viviendas de los ciudadanos afectados

o que conviven con personas

que sufren la infección por Covid-19. 

Son instrucciones muy importantes a seguir

durante el periodo de crisis sanitaria

con objeto de minimizar los riesgos

que para la salud humana

se derivan del manejo

y la gestión de los residuos domiciliarios.

 

TELÉFONO APOYO EMOCIONAL COVID-19

 

La Asociación Española

Conectados Sin Barreras Social y Tecnológica

(AECSBST)

y la Confederación Española de Organizaciones de Mayores

(CEOMA)

ha estudiado que tenemos más de 2.000.000 personas adultos mayores en situación de soledad.

 

Las personas mayores están siendo

uno de los colectivos vulnerables especialmente

más afectados por la pandemia.

 

Muchas de ellas se encuentran solas,

sin familiares ni amigos.

Este aislamiento puede suponer riesgos para su salud

ya que influye negativamente en su estado de ánimo.

Por este motivo,

se pone en marcha #MayoresAcompaña2,

alineada con la campaña Mayores Unidos con el Mundo

#AyudaaNuestrosMayores. 

 

A través de las llamadas gratuitas al

900 920 268,

en horario de 9 a 22h de lunes a viernes,

los mayores podrán ponerse en contacto con voluntarios de Vodafone

que les darán apoyo emocional

con la intención de que en estos difíciles momentos

se sientan más acompañados.