BANDO

Don David Colinas Maté, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Roa, en ejercicio de las competencias que me atribuye el artículo 21.1.e) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local,

HAGO SABER:

Que en atención a las nuevas medidas adoptadas por la Junta de Castilla y León y en relación a las piscinas municipales,

y dadas las circunstancias actuales por los repuntes del COVID-19, el servicio se seguirá prestando como hasta ahora, con las siguientes nuevas condiciones: .

1. El aforo a la instalación municipal estará limitado, solo se admitirá un máximo de 265 personas; siendo el aforo de los vasos los siguientes: grande 80 personas, mediano 60 personas y pequeño 10 personas.

2. No se permitirán aglomeraciones de público en ningún momento, ni en las zonas de jardín ni en el recinto interior de la piscina, así como, tampoco dentro del agua.

3. Se deberá de guardar en todo momento la distancia de seguridad interpersonal de 1,5 metros.

4. Será de uso obligatorio las mascarillas en todo el recinto de las piscinas municipales salvo los usuarios que se encuentren dentro de los vasos de las piscinas; no se permitirá la entrada al recinto de las piscinas sin mascarilla.

5. En caso de incumplimiento de las normas sanitarias y condiciones de uso del servicio de piscina municipal, podrá expulsarse de la instalación al usuario.

 

Se apela a la responsabilidad de todos los usuarios de las piscinas municipales, y se ruega prudencia y sentido común, teniendo en cuenta la actual situación sanitaria.

 

En Roa, a 21 de Agosto de 2020.